Reiteramos a los Sres. Expendedores comprendidos en el CCT 317/99 que están siendo citados por el Sindicato SOESGyPE a Delegaciones Regionales del Ministerio de Trabajo bajo diversas excusas, la siguiente información:
- El CCT 317/99, se encuentra plenamente vigente ya que la Disp. 052 invocada por el Sindicato aduciendo que el mencionado convenio fue declarado abstracto, fue impugnada por esta Cámara por Expdte. 1.171.418/06 , por lo cual dicha Disposición 052 no se encuentra vigente.
- El CCT 317/99 es de aplicación a todo expendedor adherido al mismo y no sólo a los socios como pretende el Sindicato aludiendo a la homologación del CCT 317/99, pues como ya hemos informado reiteradamente, por Dictamen de la Dra.Graciela Vila –Directora Gral. de Asuntos Jurídicos– del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, dictaminó que lo acordado por las partes (SOESGyPE-AES), no podía ser modificado en su homologación, y el Convenio CCT 317/99 establece su aplicación a las estaciones de servicio de cualquier tipo, sitas en Capital Federal y hasta 60 kmts. de la misma.-
La total vigencia de nuestro convenio se demuestra claramente desde que SOESGyPE y AES han sido citados por la Dra. Mercedes M.Gadea (Jefa Dto. Relaciones Laborales de la Dirección Nacional de Negociación Colectiva), al MTEySS para tratar temas relacionados con el CCT 317/99 , como ya hemos informado en fecha 17/04/07, y ambas partes vienen desde ese entonces manteniendo conversaciones en el ámbito privado a fin de acordar temas del sector . La última reunión con representes de SOESGyPE y AES, data del día 2 de mayo de 2007.-
Ante cualquier duda o citación a Delegaciones del Ministerio de Trabajo, contáctenos a nuestros teléfonos: (011) 4957-2711 y (011) 4931-2765.-
Asesoría Legal de A.E.S.