Como sabemos, el Decreto PEN 180/2004, modificó sustancialmente la normativa aplicable en las estaciones de carga de GNC.
La Reserva de Capacidad Inicial (RMI), o capacidad de transporte de cada estación, quedó definida de acuerdo a los artículos 23 y 24 del citado Decreto. El cuadro que a continuación se detalla corresponde a la RMI de todas las estaciones de carga de GNC del país, donde pueden observarse dos columnas: una con la RMI de origen, y la otra con esa reserva de capacidad a sep/2005. Las diferencias se deben a distintos ajustes según la fecha de inicio de actividades de cada estación; así, existen las que nacieron con Servicio Venta Interrumpible GNC y luego, por determinación del ENARGAS, pasaron a ser firmes; y otras, por la venta o cesión de transporte que alguna de ellas hubiera realizado hasta sep/2005 en concordancia con la Resolución de la Secretaría de Energía Nº 606/2004.
Distribuidora | Reserva Mínima Inicial [m3./día] | Reserva contratada a SEP/2005 [m3/día] | |
CAMUZZI | 1964996 | 1863432 | |
GASNEA | 135501 | 69907 | |
CENTRO | 1543785 | 1543785 | |
CUYANA | 1073391 | 1073391 | |
GASNOR | 954820 | 11591451 | |
GAS BAN | 2429488 | 2419988 | |
METROGAS | 2557827 | 2640601 | |
REDENGAS | 66200 | 66200 | |
EMGASUD | 42000 | 42000 | |
LITORAL GAS | 821400 | 1110864 | 1002412 |
SEP-MAY | JUN-AGO | ||
TOTALES | 11589408 | 11989313 | 11880861 |
Debe destacarse que estos, aproximadamente, 12 millones de metros cúbicos día de capacidad de reserva para todo el segmento del GNC no se corresponden con la venta actual, cuyo volumen es muy inferior a causa de una pronunciada desaceleración en las conversiones de nuevos vehículos, cuya explicación se encuentra, fundamentalmente, en el atraso en los valores de los combustibles líquidos.
Ahora bien, esta RMI constituye un derecho para las estaciones de carga de GNC y así lo ha entendido la Secretaría de Energía. Por lo tanto cada una de las estaciones al conocer la capacidad con que cuenta, sabe también cuáles son sus derechos para proceder a la venta de GNC. Una nueva subasta se aproxima y este dato es relevante para solicitar el fluido.
La mayoría de las bocas de expendio no cuentan con un contrato de transporte y distribución, salvo aquellas que se fueron habilitando recientemente. Tampoco cuentan con ningún contrato de compra venta de gas suscripto entre la estación y sus proveedores.
Desde AES quedamos a disposición de todas las estaciones para informarles acerca de la capacidad de reserva con que cuenta cada una de ellas.
Dr. Luis María Navas
Editor Revista AES