La Secretaría de Energía a través de la Resolución SE 150/2008 modificó la especificación del contenido máximo de azufre en el Fuel Oil, establecida en el Anexo III de la Resolución Nº 1283/2006 que permitía un máximo de azufre de siete mil (7.000) partes por millón en peso a partir del 1º de junio de 2008.
Según entiende la Secretaría de Energía, la necesidad de importar FUEL OIL para las usinas eléctricas vuelve conveniente ajustar las especificaciones del mismo a la calidad internacionalmente más comercializada, teniendo en cuenta además, que las usinas tienen controlado el máximo de emisión de dióxido de azufre en los gases emitidos por las chimeneas.
En ese sentido, resolvió continuar con una especificación máxima de azufre del uno por ciento (1%) o sea diez mil (10.000) partes por millón (mg. /kg.) en peso.
Dr. Luis María Navas
Asesor Legal AES