REITERAMOS INFORMACION:

viernes 18 de abril de 2008

18 de abril de 2008

El día 7 de febrero del presente año, ante consultas de nuestros socios frente a insólitas notificaciones enviadas por el Sr. Tobalo ( asesor de FECOBA), a fin de que cumplieran con un convenio, que no les es aplicable, nos vimos obligados a publicar la nota INFORMACIÓN INTENCIONALMENTE ERRÓNEA (se sugiere volver a consultarla en esta misma página web, buscando la fecha mencionada)

Ante la insistencia de FECOBA, enviando a nuestros asociados notas bajo el título engañoso de una supuesta Notificación de Regularización Convencional , en la que reitera que han sido revocados en sede administrativa los recursos interpuestos por otras Cámaras (entre ellas AES), y que debido a ello deben los socios de AES, de la Pcia. de Buenos Aires, acatar el CCT 488/07, nos vemos obligados a recordar que más allá de la presentación judicial que a AES le asiste plantear por ser nuestro CCT 317/99 pre-existente y absolutamente vigente sobre Capital Federal y hasta 60 kms. de la misma dentro de la mencionada Pcia. de Bs. As., nuestro preexistente y ultravigente CCT 317/99, fue ratificado en todas sus partes el día 31/08/07 por las entidades sindicales SOESGyPE y FOESGRA, por lo que quien lo cumpla no puede ser objeto de reclamo alguno generado por su correcta aplicación.

Recordamos asimismo que los aportes del 2% correspondientes al fondo convencional, dispuestos por el art. 29 del CCT 317/99, deben realizarse a través del sistema de boletas con código de barras que se imprimen desde nuestra pág. Web, pudiendo realizarse también a través de boletas manuales que se distribuyen por correo. El Banco de la Provincia de Buenos Aires (en cualquiera de sus sucursales), es la única entidad ante la cual pueden realizarse los pagos.

Ante cualquier inquietud, no dude en comunicarse con nuestros asesores letrados, llamando al 4957-2711, o bien a través de nuestra dirección de mail:asesoría@aesargentina.com.-

Asesoría Legal AES