4 de junio de 2009
Creemos importante recordar que en el ultravigente CCT 317/99, siguen aplicándose los salarios vigentes desde el mes de agosto de 2008, no debiéndose abonar en nuestro convenio aporte alguno en concepto de Mutual (salvo que el empleado se encuentre afiliado a la misma), debiendo abonarse por antigüedad sólo el 1%, más la suma fija no remunerativa acordada en el año 2008:
- De 5 años a 8 años: $50.-
- De 9 años a 14 años: $ 100.-
- y a partir de 15 años: $150.-
Recuerde asimismo que el aporte convencional del art. 29 de nuestro CCT sólo puede abonarse con las boletas con código de barras que se descargan de nuestra pág. (www.notiaes.com), en el Banco de la Pcia. de Buenos Aires, en cualquiera de sus sucursales. Ante cualquier duda comuníquese con nosotros a través de la dirección de mail aes@aesargentina.com o al Tel.: 4957-2711.-
Consejo Directivo AES