La Ley 26.840 (B.O. 14/01/2013) establece por única vez feriado nacional el día 31 de enero de 2013 en conmemoración del bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813. Quien labore ese día cobrará doble remuneración.
Asesoría Legal AES
La Ley 26.840 (B.O. 14/01/2013) establece por única vez feriado nacional el día 31 de enero de 2013 en conmemoración del bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813. Quien labore ese día cobrará doble remuneración.
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