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Resolución 63/2020 de la Secretaría de Energía. Postergan vencimiento de auditorías

miércoles 29 de abril de 2020

Esta Resolución publicada en el Boletín Oficial el 24-ABR-2020 ha generado ciertas  dudas, por lo cual es conveniente realizar algunas aclaraciones. Les acompañamos un resumen elaborado por el Dr Luis Maria Navas acerca de los principales puntos.

1)  La Secretaría de Energía emitió una resolución en la cual se le dió más plazo a las estaciones de servicio que venden combustibles líquidos para cumplir con sus auditorías de superficie y de SASH (Sistema de Almacenamiento Subterráneo de Hidrocarburos)

2)  Ésta ampliación de plazos se aplica desde el  17-MAR-2020.

3)  Cuando las actividades de las auditoras de esas estaciones  se declaran esenciales, el plazo comienza a contarse desde esa declaración hasta los sesenta días corridos posteriores.

4)  Si esa declaración no se efectúa el  plazo se extiende hasta el  1-JUN-2020.

5)  La norma nada dice qué pasa después del  1-JUN-2020.

6)  Todas las estaciones que se encuentren sin las auditorías realizadas deben confeccionar  una declaración jurada cuya presentación  vence el  8 de mayo  de 2020 y en la cual se debe comunicar  que la estación está en condiciones técnicas  de seguridad para continuar operando. También se debe incluir el detalle de las auditorías que no se hicieron y cómo se reprogramarán.

7) Esa declaración jurada la debe hacer el Representante Técnico ó Representante legal de la estación.

8) El Representante Técnico de las estaciones de carga de GNC no es Representante Técnico de las estaciones que venden combustibles líquidos. El Representante Legal de la estación si la puede hacer.

9) La Declaración se hace a través de la Plataforma TAD (Trámites a Distancia)

10) Las estaciones de carga de GNC no son sujetos que dependan en cuestiones operativas y técnicas de la Secretaría de Energía.

11) Lo que dice la Resolución 63 de la Secretaría  de Energía con relación al GNC se tiene por no escrito. La Autoridad  Regulatoria de la industria del GNC es el ENARGAS.

12) Las estaciones de servicio que no tienen vencidas sus auditorías, nada tienen que presentar.

Para conocer las novedades sobre la Resolución SE 1102/2004 y la Nota aclaratoria Resolución SE 63/2020 se deberá ingresar al siguiente link:

https://www.argentina.gob.ar/produccion/energia/hidrocarburos/resolucion-se-11022004

Para descargar el formulario se deberá ingresar al siguiente link:

http://www.energia.gob.ar/contenidos/archivos/Reorganizacion/sistemas_para_empresas/res1102/DJ_EESS.docx

La declaración Jurada deberá ser firmada por el representante legal, manifestando que las instalaciones están en condiciones técnicas y de seguridad para operar. En dicha declaración se deberá incluir, por cada instalación, la reprogramación de las auditorías.

La presentación de la Declaración Jurada deberá realizarse a través de la Plataforma de Tramites a Distancia (TAD). https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/inicio-publico

Para ello ingresar al trámite “Actualización / Información complementaria en el Registro Nacional de Bocas de Expendio de Combustibles (RES1102).

Para realizar el trámite deberá realizar los siguientes 3 pasos:

1.Confirme sus datos: Verifique que los datos que vienen pre-cargados son correctos, en caso contrario por favor dirigirse a la sección «Mis Datos» para modificar los mismos.

2. Adjuntar los documentos y llenar los formularios: Adjunte la documentación solicitada para el trámite y los formularios asociados al mismo, en el caso que los hubiese. La documentación puede ser de carácter obligatorio o adicional.

3.Confirmar el trámite: Verifique nuevamente que los datos ingresados sean correctos.

Para finalizar el trámite, se debe enviar un correo electrónico a res1102@energia.gob.ar  o res419@energia.gob.ar según corresponda al registro de la instalación, con copia a la entidad auditora interviniente, indicando en el asunto la razón social del operador e informando en el cuerpo del mensaje el número de expediente generado por el trámite TAD.

Asesoría AES

DNU 376/2020 Nuevo beneficio que alcanza a las Estaciones de Servicio

martes 21 de abril de 2020

A través del decreto 376/2020, el gobierno amplió y modificó el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP). Las Estaciones de Servicio, al ser incluidas dentro de la normativa, podrán utilizar los beneficios acordados en dicho DNU. A pesar de haber modificado algunos puntos del decreto anterior (DNU 332/2020), comentamos algunas particularidades:

  1. No se modifica la opción por uno u otro beneficio en lo que respecta a la reducción del 95% de las contribuciones patronales al SIPA ó a la postergación de su vencimiento.
  2. Queda anulado el trámite realizado por el REPRO, dando por descontado que aquellos que lo hayan iniciado deberán ser incluidos dentro del presente decreto.
  3. Salario complementario abonado por el Estado Nacional para todos los trabajadores en relación de dependencia en general. Se aclara que en éste caso no se hace referencia de la exclusividad de los trabajadores de CCT. Es decir, abarca a los de convenio colectivo y a los que están por fuera de él. Además se eliminan los porcentajes de asignación a pagar de acuerdo a la cantidad de trabajadores de la Empresa.

Para éste nuevo beneficio, la asignación abonada al trabajador será el equivalente al 50% del salario neto del trabajador correspondiente al mes de FEBRERO 2020, pero no pudiendo ser inferior a 1(un) Salario Mínimo Vital y Móvil ni superior a 2 (DOS) SMVM.

Ésta asignación será tomada a cuenta de las remuneraciones correspondientes al mes de ABRIL 2020. Para que cada trabajador perciba ésta asignación, el empleador deberá declarar el CBU de cada empleado en la página de AFIP, en los Datos Complementarios de “SIMPLIFICACION REGISTRAL”. En éste punto vale aclarar que el CBU deberá ser de una cuenta a nombre del trabajador exclusivamente. Ésta condición es indispensable, caso contrario no será abonado el beneficio.

                                                                                                                                                                                                                           Consejo Directivo AES

AFIP: prórroga del pago de las contribuciones patronales al SIPA

jueves 9 de abril de 2020

La AFIP prorrogó por dos meses el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Éste beneficio está disponible para todas aquellas firmas incluídas en el listado de actividades definido por la Jefatura de Gabinete de Ministros, en el marco del Programa de Asistencia en la Emergencia para el trabajo y la Producción (ATP).

Las empresas deberán inscribirse en el ATP a través del servicio web habilitado por el organismo entre el 9 y el 15 de Abril de 2020.

Los pagos prorrogados deberán realizarse en Junio de 2020, de acuerdo al cronograma dispuesto por el organismo en la Resolución General de AFIP 4693, publicada en el Boletín Oficial.

A continuación remitimos link con las explicaciones directas de AFIP para llevar adelante el procedimiento que permitirá acogerse a los beneficios de la postergación del vencimiento de las contribuciones patronales SIPA. 

https://www.afip.gob.ar/noticias/20200408-programa-de-asistencia-de-emergencia-al-trabajo-y-a-la-produccion.asp

Para ver Resolución General 4693 AFIP presione https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/227681/20200409

Para ver Anexo 2 presione https://blogdelcontador.com.ar/wp-content/uploads/2020/04/ANEXO-2.pdf

Fuente: Blog del Contador

Consejo Directivo AES

Expendedores Unidos: situación extrema en estaciones de servicio

miércoles 1 de abril de 2020

En el sector de los expendedores de combustible acompañan la extensión de la cuarentena, pero preocupa la inacción del Gobierno para asistir una actividad ‘considerada esencial’ que en este marco no llega ni a cubrir los costos operativos mínimos.

Buenos Aires, 1 de abril de 2020.-La Confederación de Entidades de Hidrocarburos (CECHA), que integra la mesa “Expendedores Unidos” junto a FECRA, CEGNC, AES, y AOYPF, y representan más de 4800 estaciones de servicio que generan unos 60.000 empleosen todo el país, expresaron su preocupación por la situación crítica que atraviesa este sector. Establecido como ‘esencial’ para el funcionamiento del país, opera hoy de manera normal para garantizar el abastecimiento de otros servicios eximidos del aislamiento, pero con caídas de un 80 por ciento en sus ingresos y sin llegar a cubrir los costos operativos.

A esa situación se le suman las versiones del DNU que estaría redactando el Gobierno Nacional, llamado “Emergencia al Trabajo y la Producción” donde se las excluye de la posibilidad de percepción de seguros de desempleo y reducción de cargas patronales destinado a los sectores más afectados por la restricción de circulación.

“Tenemos un gran sentido de la responsabilidad pero necesitamos un gesto del Gobierno. Es necesario entender que sin las estaciones de servicio los camiones, ambulancias, y autos del sistema de salud no podrían cumplir con sus servicios esenciales.Al igual que el resto de las pymes, esto nos pone en una situación crítica, hay muchas estaciones que están en rojo”, sostuvo Gabriel Bornoroni, presidente de CECHA.

En el borrador del proyecto se observa la exclusión del sector de todo beneficio relacionado con las cargas patronales e impositivas al tratarse de actividades y servicios declarados esenciales y que se encuentran exceptuados del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”. También se excluye del beneficio de postergación de los vencimientos para el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino y de la  percepción del Programa REPRO Asistencia por la Emergencia Sanitaria.

“El sector viene manteniendo un esquema de precios congelados desde hace 6 meses, una decisión que apoyamos para colaborar con las medidas económicas del nuevo Gobierno. Hoy, el aislamiento social obligatorio trajo una caída estrepitosa de más del 80% en las ventas. Es como si estuviéramos cerrados pero tenemos que seguir operando”, denunció. 

Antes de acceder al borrador de este DNU, CECHA y sus entidades integrantes enviaron nota al Ministro de Trabajo de la Nación, exponiendo la realidad del sector. “Necesitamos que desde el Gobierno entiendan que tenemos que trabajar juntos para luchar contra la pandemia pero también para garantizar la supervivencia de las estaciones de servicio. No es que estemos “ganando menos” sino que ni siquiera vamos a poder sostenernos como actividad”, aclaró.