Durante éste mes de Noviembre de 2021, habrá dos feriados nacionales; tengamos en cuenta entonces, ciertas consideraciones:
Los feriados nacionales cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior. Los que coincidan con los días jueves y viernes serán trasladados al día lunes siguiente, según el artículo 6 de la Ley 27.399. (Ley de Establecimiento de Feriados y Fines de Semana Largos)
Por otro lado, la Ley 27.399 también habilita al Gobierno a elegir tres fechas por año y declararlas feriados para fines turísticos. Esas jornadas deben ser destinadas a promover la actividad turística y, por ello, deberán coincidir con los días lunes o viernes. De acuerdo al Decreto 947/20 B.O. 27/11/2020, los feriados turísticos para éste año 2021 son:
24 de Mayo – 8 de Octubre – 22 de Noviembre
Dicho ésto, en noviembre del corriente año habrá dos feriados nacionales. El correspondiente al día 20 de este mes, “Día de la Soberanía Nacional” que por coincidir con un día sábado no se traslada a otro día (ver Ley 27.399, Art. 1º y 6º) y además, el correspondiente al lunes 22, “Feriado con fines turísticos”, dispuesto por el Decreto 947/20, Art. 1º.
Por tal motivo y de acuerdo al último párrafo del Art. 166 de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744), todos los trabajadores que presten servicios en esos días «cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual».
Asesoría AES