Ampliación de Habilitación de estaciones de carga de GNC
La norma entrará en vigencia en SEP/2023
En la primera semana de septiembre 2023 comenzará a regir la Norma NAG 420 del ENARGAS que establece las pautas y requisitos para la ampliación de la habilitación por parte de las Licenciatarias de Distribución de actuales o futuras Estaciones de Carga, de manera que operen en forma segura el abastecimiento de gas natural a vehículos carreteros destinados al servicio de transporte de pasajeros y de carga, como así también furgones, y micrómnibus.
La NAG 420 exige, a las estaciones de carga de GNC, adecuarse a las nuevas regulaciones de modo que puedan suministrar GNC a buses, camiones y otros vehículos de menor tamaño. Hasta el presente existe una baja cantidad de proyectos presentados y muy pocos aprobados, lo que plantea un escenario incierto para el sector del transporte pesado a GNC.
Si las estaciones de carga no logran ajustarse a la norma a tiempo, el transporte pesado de GNC se verá imposibilitado de abastecerse, lo que podría tener implicancias en la cadena de logística y suministro. Asimismo, la NAG 420, no solo afecta a camiones de gran tamaño, sino también a otros vehículos de menor longitud, pero con alta demanda de GNC, como furgones, micro ómnibus y minibuses.
Esto significa que, de no contar con la habilitación adecuada, estas unidades tampoco podrán cargar combustible en las estaciones de carga de GNC que no cumplan con los requisitos establecidos. La fecha límite se encuentra cada vez más cercana y la falta de progreso en la implementación de la NAG 420 es una situación que requiere una pronta resolución. La industria del transporte pesado de GNC está pendiente de las acciones que se tomen en los próximos días para asegurar un abastecimiento continuo y sin contratiempos.
Dr Luis María Navas