Monthly Archives: septiembre 2024

Acuerdo Salarial SEPTIEMBRE-OCTUBRE 2024 AES-SOESGyPE

jueves 26 de septiembre de 2024

AES informa a los Sres. Expendedores que en el día de la fecha, 26 de Septiembre de 2024,  acordó con el Sindicato Soesgype ante el MTEySS de la Nación,  un incremento salarial  dentro del marco convencional del CCT 317/99, a regir durante los meses de SEPTIEMBRE y OCTUBRE 2024. En la negociación se discutió el desfasaje respecto a inflación y salarios, otorgados desde abril 2024 hasta agosto 2024, que se elevaba a un 5,13% reclamado por el Sindicato. Debido a ello, se acordó lo siguiente:

Un incremento salarial  remunerativo del 5 % para el mes de Septiembre 2024.-

Un incremento salarial  remunerativo del 3 % para el mes de Octubre 2024.-

El acuerdo firmado se encuentra pendiente de homologación

Las planillas correspondientes se acompañarán a la brevedad , al ser elevadas al Ministerio.

Ante cualquier duda, puede comunicarse con nuestra entidad a través de nuestro mail: aes@aesarentina.com, o a nuestros teléfonos (011) 4957-2711/4957-2925 , o 4931-2765.-

Adjuntamos a continuación el acta acuerdo:

Consejo Directivo AES

Editorial Revista AES 430

jueves 12 de septiembre de 2024

Trazadores de Combustibles Líquidos: Se recuperan 3 mil pesos por 200 mil que se gastan.

Las estaciones de servicio, están obligadas a cumplir con el Decreto PEN 1633/2006 – Reglamentación del régimen establecido por las leyes 26.111 y 23.966. Se dispone que los titulares de estaciones de servicio, los distribuidores, los fraccionadores y los revendedores de combustibles líquidos que se encuentran obligados a realizar el ensayo para la detección del marcador químico en sus adquisiciones de combustibles, conforme lo establecido en el artículo 12, inciso d) de la Ley 25.239 incorporada como Capítulo VI a la Ley 23.966, Título III, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, determinando el Poder Ejecutivo los organismos con competencia para efectuar las respectivas verificaciones en la cadena de comercialización.

 De acuerdo con el análisis realizado por los organismos técnicos competentes en la materia, se acotó el monto del pago a cuenta dispuesto, para adquirir el kit con el trazador de combustibles, a un importe que no superara los pesos tres mil ($ 3.000) por año calendario y por cada establecimiento en donde exista la obligación de realizar el ensayo para la detección de combustibles exentos por uso o por destino geográfico.

Pasaron 18 años y los $ 3.000,00 quedaron totalmente licuados por efecto de la inflación. En 2006 ese monto estaba en consonancia con el valor del kit, que incluye el reactivo; 2 tubos de ensayo; guantes y una pipeta. Sin embargo, hoy el valor de ese kit es de U$D 198 dólares Banco Nación vendedor.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó la obligatoriedad del uso de trazadores químicos y su vigencia, legalidad y la obligatoriedad de su uso, obligando a los expendedores  al empleo de reactivos o trazadores a fin de distinguir los cortes de hidrocarburos o productos con destino exento del impuesto sobre los combustibles líquidos de los que no lo están, en cada una de sus compras o recepciones de productos. Asimismo, la Corte, resaltó también la posibilidad de que los reactivos y trazadores empleados en el control sean peligrosos para la salud y el medio ambiente, por contener reagentes que, al ser aspirados o ingeridos, resulten tóxicos para el organismo humano.

Es una obligación, en cabeza de las estaciones, no fácil de cumplir, que resulta además onerosa, y complicada en la implementación.

Dr Luis María Navas

Editor – Asesor Legal AES

Estaciones de Servicio: Terminales de pago

jueves 5 de septiembre de 2024

Todos los Establecimientos comerciales que acepten para la realización de sus transacciones comerciales tarjetas de crédito, compra ó débito en los términos del artículo 1 de la Ley 25.065 y sus modificaciones, y operen con terminales electrónicas para el pago de las operaciones realizadas (terminales de captura, datos ó «POS»), deberán poner a disposición del consumidor las mismas de modo tal que, en ningún momento, pierda el control ó quede desapoderado de su tarjeta, ni aún momentaneamente, hasta la completa finalización de la operación.

LaSecretaría de Comercio, a través de la iniciativa publicada en marzo el Boletín Oficial (Resolución 87/2024) estableció que todos los comercios que operen con tarjetas de compra, crédito o débito, deberán poner a disposición de los usuarios una terminal de pago inalámbrica a la vista del cliente. Que los clientes estén en permanente contacto con su tarjeta de débito o crédito, reducirá la posibilidad de maniobras de vulneración de datos y estafas. Esta medida entró en plena vigencia luego de un período de adecuación para implementar la normativa.

Asesoría AES