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Ultraactividad de los Convenios Colectivos de Trabajo.

viernes 27 de julio de 2007

 

La ultraactividad de los convenios colectivos se encuentra prevista por la Ley 14250 y sus modificatorias (23.545 y 25877) y, hasta la fecha, ha permitido que los trabajadores no sufran alteraciones en sus condiciones de trabajo por falta de convención colectiva aplicable. Para que la ultraactividad de los convenios pierda vigencia es preciso que una ley, derogando la anterior en esta materia, así lo disponga.
Nuestro CCT 317/99 fue dictado bajo el imperio de dicha normativa. Por esta razón, aunque las partes hayan, en principio, estipulado un plazo de duración de dos años, el convenio sigue vigente hasta la actualidad, sufriendo cambios solamente en lo que se refiere a la escala salarial, manteniendo intacto el resto del articulado.-
En ese sentido reiteramos que la ley, refiriéndose a los convenios colectivos de trabajo, establece que un CCT cuyo plazo convenido por las partes se encontrara vencido, mantendrá la plena vigencia de todas sus cláusulashasta que una nueva convención colectiva lo sustituya (principio de ultraactividad).
Atento lo mencionado, y no habiendo esta Asociación firmado ningún nuevo convenio con el Sindicato, reiteramos que el ultraactivo CCT 317/99 se encuentra plenamente vigente.-

Asesoría Legal AES

METROGAS S.A. restringe el Servicio Venta Interrumpible GNC.

lunes 23 de julio de 2007
La Licenciataria comunicó que las estaciones de carga de GNC, pertenecientes a su zona de distribución, deberán expender GNC hasta su capacidad de reserva diaria.
AES recomienda a todas las estaciones tomar los controles de venta necesarios para no quedar expuestas a sanciones y multas.
Según estimaciones de la Distribuidora, no habría por esta semana ninguna interrupción al expendio de GNC.

Dr. Luis María Navas 
Asesor Legal de AES

Nuevas Circulares del MEGSA.

lunes 23 de julio de 2007
A través de la Circular MEGSA 109/2007 se comunicaron los precios techo y de referencia en las distintas cuencas que son de aplicación para la última subasta de MAYO-2007 y que resultan iguales a los comunicados en la Circular MEGSA 71/2006.

1. Precios Techo para la Subasta por cuenca – $/M3

NQN NOA TDF SCZ CHU
Precio 0,1525 0,1420 0,1322 0,1316 0,1382

2. Precios de referencia para las relaciones comerciales Agosto 2007 – $/M3

NQN NOA TDF SCZ CHU
Precio 0,1150 0,1090 0,0960 0,0980 0,1090

Por otra parte Petrobrás Energía S.A. presentó tardíamente sus ofertas de ventas las que fueron aceptadas en forma excepcional. Así quedó expresado en la Circular MEGSA 110/2007.

Una vez cerrada esta última subasta (viene desde MAYO-2007) los contratos que hasta ahora nunca fueron concretados entre los productores y las estaciones de carga de GNC tendrán vigencia desde el 01/AGO/2007 hasta el 30/ABR/2008.

Dr. Luis María Navas 
Asesor Legal de AES

METROGAS S.A. liberó el consumo para las estaciones de carga.

miércoles 18 de julio de 2007
Metrogas S.A. comunicó en el día de hoy, 18-JUL-2007, que liberó hasta nuevo aviso el Servicio Venta Interrumpible GNC.
Esto significa que cada estación de carga de GNC, dentro de la zona de distribución de Metrogas S.A., está autorizada a consumir hasta el límite del gas que tiene asignado.

Dr. Luis María Navas 
Asesor Legal de AES

Advertencia frente a citaciones a Delegaciones Provinciales del Ministerio de Trabajo

martes 17 de julio de 2007
AES ha tomado conocimiento de que, a pesar de la declinación de la instancia administrativa formulada por los expendedores de combustibles ante las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Trabajo con el objeto de que éstas cesen en su intervención, varios socios han sido citados nuevamente, esta vez con el argumento de que el Sindicato SOESGyPE denuncia diferencias salariales en los sueldos del personal dependiente de las estaciones de servicio.
Recomendamos insistir en la declinación de la instancia administrativa tal como se ha planteado, recordando a las delegaciones provinciales que tanto el Convenio CCT 317/99, como la escala salarial respectiva así como cualquier pago de retroactividades, deben discutirse entre esta Cámara y el Sindicato en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación . Es más: AES y SOESGyPE se encuentran actualmente tratando dichos temas ante la Dirección Nacional de Negociación Colectiva, Departamento de Relaciones Laborales Nro. 1, a cargo del Sr. Rafael Omar Sánchez del MTEySS de la Nación.-

Ante cualquier duda comuníquese con nosotros.

Asesoría Legal A.E.S.

Comunicado de prensa de C.E.C.A.

miércoles 11 de julio de 2007
La cámara de expendedores de combustibles y afines de San Juan (C.E.C.A.) hizo saber, mediante un comunicado de prensa, que sus asociados han dispuesto cerrar las estaciones de servicio de 19.00 a 7.00 horas, con el objeto de bajar los costos fijos en el horario en que éstos son mayores. La medida –adoptada por reunión plenaria del 06/07/07- es por tiempo indeterminado y se mantendrá hasta que se logre mejorar la rentabilidad de los negocios.

Asignación de cupos de importación.

viernes 6 de julio de 2007
Importación: 1.400.000 m3. de gas oil y/o diesel oil autorizados.

Por cuarta vez, en 18 meses, la Secretaría de Energía a través del sistema de asignación de cupos de importación, eximido del impuesto sobre los combustibles líquidos y el gas natural, así como del impuesto sobre el gas oil, autorizó importar 1.400.000 m3. de este último y/o diesel oil.

Se publicó hoy en el Boletín Oficial la Resolución SE 737/2007 que autoriza la importación de hasta 300.000 m3 de gas oil y/o diesel oil. Esta Resolución es continuación de las Resoluciones SE 6/2006 del 13-ENE-2006 (200.000 m3.); SE 1280/2006 del 4-SEP-2006 (600.000 m3.) y la SE 299/2007 del 7-MAR-2007 (300.000 m3.)

Participan de estas Resoluciones los sujetos o actores del mercado que están debidamente inscriptos y habilitados para funcionar en los registros de la Secretaría de Energía, quienes se comprometen a comercializar los productos a los precios del mercado interno, o a consumir los productos objeto de exención en el mercado interno.

En primer lugar se asignará el cupo a aquellos interesados que manifiesten su voluntad de importar el producto encuadrados dentro de los esquemas de fideicomiso vigentes en el marco del CONVENIO INTEGRAL DE COOPERACION ENTRE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y LA REPUBLICA ARGENTINA.

Dr. Luis María Navas 
Asesor Legal de AES

Protección Catódica y Rejillas Perimetrales: “Prórroga-Compromiso”.

jueves 28 de junio de 2007
Confirmando lo adelantado por las autoridades de la Secretaría de Energía a AES, con relación a la prórroga en el cumplimiento de la protección catódica para el S.A.S.H y rejillas perimetrales con sus correspondientes cámaras decantadoras, todas aquellas estaciones que no se encuentren en condiciones de cumplir con estos requisitos antes del 31-JUL-2007 pueden encuadrarse de acuerdo al Acta Compromiso de la Secretaría de Energía.
Todas aquellas estaciones de servicio que participen de esta prórroga, pueden completar y firmar el Acta en dos originales y remitirlos cuanto antes a AES para proceder a su presentación ante la Secretaría de Energía.

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Asesoría AES

Reunión de AES con el Secretario de Energía de la Nación.

miércoles 27 de junio de 2007
Ante la grave crisis de rentabilidad que afecta a todas las estaciones de servicio de combustibles líquidos y que se va trasladando a las estaciones de carga de GNC, AES, presentó formalmente un pedido de audiencia ante el Subsecretario de Combustibles quien en forma instantánea derivó la petición al Secretario de Comercio.

Todos sabemos que las promesas formuladas por este último funcionario en la reunión convocada por FECRA en Enero de este año no se cumplieron. Es más, el problema de la rentabilidad se agravó desde esa fecha.

Ante la negativa del Subsecretario de Combustibles, AES se dirigió al Secretario de Energía, quien accedió al pedido. La Audiencia se concretó el pasado Jueves 21 de Junio.

Por AES participaron su Secretario, Ing. Juan Carlos Madrazo y el Asesor Legal Dr. Luis María Navas. Por parte de la Secretaría de Energía lo hicieron, el Secretario de Energía, Ing. Daniel Cameron y el Director Nacional de Refinación y Comercialización, Ing. Vicente Serra.

Durante dos horas se repasaron todos los asuntos relacionados con la actividad de las estaciones de servicio. A continuación se detallan algunos de los temas abordados:

Rentabilidad: con respecto a la rentabilidad el Secretario de Energía manifestó que del asunto se encarga el Secretario de Comercio. AES recordó que fueron nulos los resultados del funcionario y solicitó una nueva reunión para darle un carácter orgánico con la Secretaría de Energía y la Secretaría de Comercio. El Ing. Cameron pidió tiempo para poder concretarla.

Protección Catódica de SASH y rejillas perimetrales: 
La Secretaría otorgará una prórroga a todos aquellas estaciones que se comprometan a realizar las obras. AES presentará todos los pedidos que le hagan llegar sus Socios para que se encuadren dentro de esta prórroga.

Denuncia por falta de combustible: 
El Secretario de Energía se comprometió a tratar rápidamente todos los casos que se le presenten por desabastecimiento dando cumplimiento a las Resoluciones SE 1834/2005 y SE 1879/2005. Para que la Secretaría pueda actuar se necesita la denuncia del estacionero.

Precios de los combustibles líquidos:
El Secretario de Energía explicó que estamos viviendo una transición entre los precios internacionales y locales. Estimó que los combustibles líquidos podrían tener un atraso del 15% aproximadamente. Sostuvo que Argentina se autoabastece y que los precios internacionales de las naftas y gasoil no se volverán a dar. AES manifestó que este esquema será posible mientras existan reservas de petróleo y conocido es que actualmente se encuentran en declinación. El Ing. Cameron reconoció que las perforaciones de pozos son mínimas en la actualidad, cercanas a 20 por año. Años atrás se perforaban más de 100.

Estaciones de carga de GNC:
No hay una política oficial a futuro por parte de la Secretaría de Energía.

En el próximo número de la revista AES reflejaremos en detalle estas y otras conclusiones de la entrevista.

Consejo Directivo de AES

Dos nuevas Resoluciones de la Secretaría de Energía de la Nación.

miércoles 27 de junio de 2007

La Secretaría de Energía publicó en el Boletín Oficial la Resolución SE 714/2007 que establece un régimen de reventa de transporte o de transporte y distribución firmes relacionados con las estaciones de carga de GNC y la Resolución SE 715/2007 sobre la compensación de volúmenes de gasoil. Ambas Resoluciones desde ya pueden ser consultadas desde esta nota. Próximamente AES fijará su posición.

Dr. Luis María Navas 
Asesor Legal de AES