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Editorial Revista AES 422

viernes 12 de enero de 2024

Audiencia Pública 104 – ENARGAS – 8-9 ene 2024

La Audiencia Pública es la posibilidad que tenemos para participar con relación a las futuras decisiones que deben tomar los organismos, ENARGAS, en este caso, dependientes del Poder Ejecutivo Nacional.

Las opiniones y exposiciones vertidas “no son vinculantes”.

1) Adecuación transitoria de las tarifas del servicio público de transporte de gas natural (confr. Dec. N°1020/20 y Dec. N° 815/22);

2) Adecuación transitoria de las tarifas del servicio público de distribución de gas por redes (confr. Dec.N° 1020/20 y Dec. N° 815/22);

El objeto de la Audiencia fue:

3) Traslado a tarifas del precio de gas comprado en los términos del Numeral 9.4.2. de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución;

4) Determinación de un índice de actualización mensual para las tarifas del servicio público de transporte de gas natural y del servicio público de distribución de gas por redes;

5) Tratamiento de la incidencia del costo del flete y/o transporte de Gas Licuado de Petróleo (GLP) respecto de las localidades abastecidas con gas propano/butano indiluído por redes;

6) Tratamiento de la incidencia del precio del gas en el costo del gas natural no contabilizado (GNNC);

7) Reversión del Gasoducto Norte – criterios de tarificación y asignación de capacidad.

Los puntos que impactan directo en los expendedores son: 1; 2; 4 y 7. El punto 7 es de vital importancia para los operadores del centro y del norte de nuestro país, toda vez que el suministro proveniente de Bolivia es incierto.

La participación de las licenciatarias de transporte y distribución estuvo centrada en los pedidos de aumentos que van desde 350 a 600%.

Toman las últimas actualizaciones de las RTI (Revisión Tarifaria Integral) desde 2019 a la fecha. Quieren que las mismas empiecen a regir desde FEB-2024 con actualizaciones mensuales por IPIM (Indice de Precios Internos al por Mayor).

En el caso del GNC, y a manera de resumen de lo peticionado, tenemos:

                                                                  Distribución          Transporte

Tarifa Actual         ($)                                       1,7                        2,5

Tarifa Solicitada   ($)                                     10,00                    15,00

Finalmente, la Autoridad Regulatoria:

I) Tiene la potestad, por ley, de fijar las nuevas tarifas de acuerdo a los elementos de análisis que tiene a consideración.

II) Las mismas, deben dar seguridad jurídica a los usuarios; a los consumidores y a las licenciatarias del servicio de transporte y distribución.

III) Los energéticos tienen tarifas lógicas, que renumeran el servicio en todos los países desarrollados y en la gran mayoría de América del Sur.

Dr Luis María Navas

Editor – Asesor Legal AES

Acuerdo Salarial Enero 2024 AES-SOESGYPE

viernes 5 de enero de 2024

AES informa que en el día de ayer,  ha firmado con el SOESGyPE  un acuerdo similar al ya comunicado por FECRA el pasado viernes, en el cual se otorga una suma No Remunerativa de $ 80.000. No obstante ello, está previsto que antes de fin de mes vuelvan a reunirse las cámaras del sector junto al SOESGyPE para tratar el cierre de la paritaria 2023-2024.

Los mantendremos informados.

                                                                                                                                                                                        Consejo Directivo AES

Homologación Acuerdo Salarial 2023 3er tramo AES-SOESGYPE

viernes 8 de diciembre de 2023

AES informa que en el día de la fecha ha sido notificada por el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación de la homologación del Acuerdo Paritario 2023/24 3er tramo celebrado con el  SOESGyPE, y que comprende los meses de Diciembre 2023 y Enero 2024.

Se adjunta texto de la homologación, correspondiente a la resolución  RESOL 2023-2479-APN-ST#MT.

                                                                                                                                                                                                                           Consejo Directivo AES

Acuerdo Salarial 2023 3er tramo AES-SOESGYPE

lunes 4 de diciembre de 2023

AES comunica a los Sres. Expendedores, que el día  04/12/2023, acordó ante el Ministerio de Empleo, Trabajo y Seguridad  Social de la Nación, junto al Sindicato SOESGyPE, el pago de dos sumas fijas de carácter NO REMUNERATIVO de $ 35.000.- (Pesos treinta y cinco mil), cada una, a abonar el día 15 de Diciembre de 2023 la primera, y el día 15 de Enero de 2024 la segunda. Las partes acordaron continuar negociando paritarias a partir de Febrero 2024.- Se adjunta acuerdo y escalas salariales firmadas.-

Destacamos asimismo que el acuerdo firmado se encuentra pendiente de homologación.-

Ante cualquier duda, comunicarse con nuestra entidad a través de nuestro mail: aes@aesargentina.com, o a nuestros teléfonos (011) 4957-2711 , o 4931-2765.-

                                                                                                                                 Consejo Directivo AES

Felices Fiestas !!!

viernes 1 de diciembre de 2023

La Asociación Estaciones de Servicio de la República Argentina les desea a sus asociados y a todos los expendedores del país, una muy Feliz Navidad y un próspero Año 2024.

A modo de simple recordatorio, trancribimos a continuación el artículo 47 Bis de nuestro convenio CCT 317/99:

«Las Estaciones de Servicio no despacharán ningún tipo de combustible, producto y/o mercadería al público en general, los días 24 de Diciembre y 31 de Diciembre, en el horario de 22:00 hs a 06:00 hs, eximiendo a los trabajadores del sector de concurrir a sus puestos de trabajo, sin pérdida y/o descuento en su remuneración, a excepción de aquellos trabajadores que deban cumplir con una guardia mínima a requerimiento del Empleador, y a los efectos de atender el suministro de combustible solamente en casos excepcionales y para atender vehículos de emergencia (ambulancias, móviles policiales, bomberos, etc). Éstos trabajadores cobrarán esas horas al 100%.»

Consejo Directivo AES

Homologación Acuerdo Salarial 2023 2do tramo AES-SOESGYPE

miércoles 1 de noviembre de 2023

AES informa que en el día de la fecha ha sido notificada por el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación de la homologación del 2do tramo del Acuerdo Salarial 2023, que comprende los meses de SEPTIEMBRE, OCTUBRE Y NOVIEMBRE 2023.

Se adjunta el texto de la homologaciòn, correspondiente a la RESOL 2023-2134-APN-ST#MT.

Consejo Directivo AES

Editorial Revista AES: NAG420 ENARGAS

viernes 6 de octubre de 2023

Vialidad Nacional fija su posición: NAG 420 ENARGAS Transporte Pesado en las estaciones de carga de GNC


La Dirección Nacional de Vialidad, DNV, envió el pasado 9 de octubre una nota al ENARGAS fijando su posición sobre su incumbencia en la NAG 420 del ENARGAS de 2022.
Con relación al Punto 6.1 atentos a la necesidad y conveniencia de las estaciones de carga de GNC, actualmente en funcionamiento, de poder ampliar el expendio de combustibles, resultaría suficiente la presentación del permiso emitido oportunamente por la DNV, que tiene el carácter de autorización válida y vigente, dado que los permisos que se otorgan para el uso de la zona de camino por parte de terceros que en este caso se refieren a los accesos a las estaciones de servicio- no caducan y, a los fines de poder cumplir con el requerimiento estipulado en el mencionado Punto 6.1, se considerarían válidos y suficientes siempre que la geometría de los accesos no deba ser modificada.
Al respecto, se entiende que para que las estaciones de servicio puedan tramitar la ampliación de su habilitación para poder operar con vehículos de carga impulsados con GNC ante la distribuidora de gas correspondiente, será suficiente la presentación de esta comunicación junto con las autorizaciones preexistentes, ya otorgadas por la DNV.
Sin embargo, podría darse el caso en el que la estación no tenga disponible la documentación específica otorgada por la DNV para la autorización del caso, presumiblemente debido a su extravío. A los efectos de tramitar un nuevo permiso necesario para ampliar la habilitación mencionada, cada propietario deberá iniciar un trámite de Permisos a Terceros (DNV) en la plataforma Trámites a Distancia con toda la documentación obligatoria más la habilitación por parte de la Secretaría de Energía de la Nación, conforme a la constancia que se obtiene en el padrón de la Resolución N° 1104/2004 (que puede consultarse en la página web datos.gob.ar Datos Argentina Padrón según Resolución Nº 1104/2004). A tales efectos, se podrán acreditar estos dichos con la presentación de la auditoría anual de superficie que realizan entidades reconocidas por la Secretaría de Energía, que incluye croquis y documentación fotográfica.


Esta situación de irregularidad presenta dos posibilidades, a saber:


I) que los accesos construidos cumplan con las normativas que la DNV posee y puedan acreditar que la EC opera en la actualidad con normalidad para los vehículos pesados que cargan combustibles líquidos y expende GNC para la carga de vehículos livianos. En estos casos, una vez verificado el cumplimiento de dichas normativas, se dará una habilitación provisoria de 90 días para que pueda seguir operando mientras regulariza la situación administrativa.


II) que los accesos no cumplan dichos requisitos y deban ser modificados para su aprobación. En este caso, la requirente no obtendrá habilitación por parte de la DNV hasta tanto no regularice la situación administrativa y la adaptación correspondiente de dichos accesos.

Asimismo, con relación al punto 6.7.1.1 : «En caso que la EC se encuentre emplazada al borde de Rutas Nacionales o Provinciales, deberá instalarse un cartel, con una visibilidad y a una distancia de la EC razonable, a fin de que el conductor disponga del tiempo necesario para maniobrar el VT. «Sus dimensiones, contenido y ubicación deberán cumplir con las prescripciones para la «señalización vertical» contenidas en la página web de la Dirección Nacional de Vialidad y la autorización para su colocación deberá tramitarse de manera independiente en el área Señalamiento del Distrito Jurisdiccional.

Dr Luis María Navas

Editorial Revista AES: Argentina continúa subsidiando combustibles

jueves 14 de septiembre de 2023

Argentina continúa subsidiando combustibles

El atraso del precio de los combustibles líquidos en la República Argentina está dañando seriamente la utilidad de las estaciones de servicio, porque cada vez tienen menor precio con relación a la inflación y tienen menor volumen porque hay escasez de combustibles.

Lamentablemente, esa escasez se da en parte por todo el combustible que se va por las fronteras porosas que tenemos. Todos los países limítrofes permanentemente están  consumiendo combustibles económicos y de muy buena calidad de la República Argentina a precios que son subsidiados para esos países.

Por ejemplo, un litro de nafta súper cuesta $ 305 en Puerto Iguazú para el consumidor local, mientras que al consumidor extranjero se le está cobrando $ 490. De todas maneras, ese incremental para los consumidores de países limítrofes sigue siendo conveniente, toda vez que en sus países el precio es mucho mayor. Argentina subsidia a consumidores extranjeros de: Chile; Bolivia; Paraguay; Uruguay y Brasil.

Lamentablemente, el atraso del precio en surtidor hace que la rentabilidad de las estaciones cada vez sea menor además del quiebre de stock que es permanente porque el combustible no alcanza a valores en más de 50% menores a los históricos.

El precio histórico de un litro de nafta súper fue de un dólar, es decir, hoy tendría que costar $ 730 y, sin embargo, en lugares de frontera se vende a $ 305 pesos y en el resto del país, que no son lugares fronterizos mucho menos.

Esto es así por tener controlado y regulado un mercado donde el último eslabón, que es el expendedor, sufre quebrantos permanentes.

Dr Luis María Navas