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Acuerdo Salarial 2023 2do tramo AES-SOESGYPE

martes 29 de agosto de 2023

Importante  información sobre salarios a regir a partir de Septiembre 2023 (Paritaria Abril 2023/Marzo 2024) dentro del CCT 317/99.-

AES informa a los Sres. Expendedores que con fecha 29 de Agosto pasado, acordó con el Sindicato Soesgype ante el MTEySS de la Nación, un incremento sobre salarios vigentes al 31 de marzo de 2023 , dentro del marco convencional del CCT 317/99, a regir durante los últimos cuatro meses del presente año 2023, dentro del año paritario 2023/24. El mismo es no acumulativo y no remunerativo hasta el mes de Diciembre 2023 inclusive , y se pactó de la siguiente forma:

  • Un incremento salarial no acumulativo y no remunerativo del 15 % para el mes de Septiembre de 2023.
  • Un incremento salarial no acumulativo y no remunerativo del 15 % para el mes de Octubre de 2023.-
  • Un incremento salarial no acumulativo y no remunerativo del 15 % para el mes de Noviembre de 2023.-

Las planillas, con las escalas salariales firmadas por las partes, serán enviadas ni bien las remita el MTEySS.

Con respecto al bono Decreto PEN 438/23 por el cual el Gobierno estableció el pago de $ 60.000.- (pesos Sesenta Mil) en dos cuotas de $ 30.000.-  (Setiembre 2023 y Octubre 2023) se informa que la cuota devengada en Agosto 2023 se abonará según lo reglamentado, dentro de los 15 días hábiles contados a partir del 01 de Septiembre de 2023. Para la segunda cuota de $ 30.000, se acordó en Paritarias que la misma quedará absorbida por los incrementos pactados.

Destacamos asimismo que el acuerdo firmado se encuentra pendiente de homologación.-

Ante cualquier duda, puede comunicarse con nuestra entidad a través de nuestro mail: aes@aesarentina.com, o a nuestros teléfonos (011) 4957-2711/2925 , ó  (011) 4931-2765.-

  A continuación, el acuerdo firmado:                                                                                                                                            

Consejo Directivo AES

Editorial Revista AES: Ampliación de habilitación de Estaciones de carga de GNC

domingo 13 de agosto de 2023

Ampliación de Habilitación de estaciones de carga de GNC

La norma entrará en vigencia en SEP/2023

En la primera semana de septiembre 2023 comenzará a regir la Norma NAG 420 del ENARGAS que establece las pautas y requisitos para la ampliación de la habilitación por parte de las Licenciatarias de Distribución de actuales o futuras Estaciones de Carga, de manera que operen en forma segura el abastecimiento de gas natural a vehículos carreteros destinados al servicio de transporte de pasajeros y de carga, como así también furgones, y micrómnibus.

La NAG 420 exige, a las estaciones de carga de GNC, adecuarse a las nuevas regulaciones de modo que puedan suministrar GNC a buses, camiones y otros vehículos de menor tamaño. Hasta el presente existe una baja cantidad de proyectos presentados y muy pocos aprobados, lo que plantea un escenario incierto para el sector del transporte pesado a GNC.

Si las estaciones de carga no logran ajustarse a la norma a tiempo, el transporte pesado de GNC se verá imposibilitado de abastecerse, lo que podría tener implicancias en la cadena de logística y suministro. Asimismo, la NAG 420, no solo afecta a camiones de gran tamaño, sino también a otros vehículos de menor longitud, pero con alta demanda de GNC, como furgones, micro ómnibus y minibuses.

Esto significa que, de no contar con la habilitación adecuada, estas unidades tampoco podrán cargar combustible en las estaciones de carga de GNC que no cumplan con los requisitos establecidos. La fecha límite se encuentra cada vez más cercana y la falta de progreso en la implementación de la NAG 420 es una situación que requiere una pronta resolución. La industria del transporte pesado de GNC está pendiente de las acciones que se tomen en los próximos días para asegurar un abastecimiento continuo y sin contratiempos.

Dr Luis María Navas

Editorial Revista AES: Nuevo Gasoducto

jueves 13 de julio de 2023

Nuevo gasoducto

          Una obra con mucha demora

Representa el 3,12% de la capacidad de transporte; si se toman los 18.332 km existentes.

El nuevo gasoducto tiene una extensión de 573 km y su traza está sobre las provincias de Neuquén; Río Negro;La Pampa y Buenos Aires, desde Tratayén hasta Saliqueló.

El impacto que tendrá en el sector delas estaciones de carga de GNC será muy limitado, toda vez que el mix de transporte que tienen todas ellas se nutre de diferentes cuencas. De ahíque no será relevante para cubrir la demanda de la actividad.

De todas maneras, la inauguración es una buena noticia. Sin embargo, este gasoducto es un claro ejemplo de la ineficiencia y desidia estatal, ya que demoró el inicio de la obra más de tres años y tuvo que hacerlo a través de la empresa estatal Energía Argentina SA. Esta empresa es la continuadora de ENARSA y entre ambas han perdido varios miles de millones de dólares. El sector privado no puede manifestarinterés en este tipo de obras cuando las tarifas, subsidiadas por el Estado Nacional, sufren un atraso porcentualde tres dígitos.

Dr Luis María Navas

Editorial Revista AES: Consumo de GNC en épocas de crisis

martes 13 de junio de 2023

Consumo de GNC en épocas de crisis

                   ¿Cómo seguirá en el corto plazo?

El consumo de Gas Natural Comprimido está en una meseta e inclusive un 2% por debajo con relación al año pasado. El atraso marcado en el precio de las naftas ha incidido negativamente toda vez que los consumidores están dispuestos a pagar más para circular porque los motores consumen menos y se evitan tener que destinar parte del baúl al cilindro de GNC.

Asimismo, se ha reducido el parque automotor convertido a GNC y vemos con preocupación el ritmo de las conversiones vehiculares. Sin embargo, en lo que resta de 2023 y en el próximo año, la demanda irá creciendo. A medida que vaya impactando con mayor fuerza la crisis económica, el GNC que es competidor directo de la nafta súper, va a adquirir mayor relevancia. Muchísimos usuarios solamente podrán circular a GNC porque les será bastante dificultoso hacerlo con nafta, ya que ésta tendrá aumentos importantes. Las compañías petroleras no podrán obtener los dólares en el mercado oficial a través del Banco Central como lo han venido haciendo ahora para sostener los precios por debajo de la inflación.

El GNC siempre ha sido considerado un combustible de crisis, las pruebas históricas se han dado en 1989, 1990, también durante 2001-2004. Por eso creemos que este año va a aumentar el consumo de GNC, aunque también es una realidad la caída de la actividad económica, que lo puede condicionar. Adicionalmente, el transporte pesado a GNC es un nuevo protagonista para aumentar las ventas de GNC. Por ahora son alrededor de 500 camiones circulando, entendemos que el año próximo habrá un desarrollo más pronunciado de este sector. Las estaciones de carga de GNC deben tener las adecuaciones que exige la NAG 420 para poder despachar al transporte pesado.

Queda poco tiempo para hacerlo.

Dr Luis María Navas

Homologación Acuerdo Salarial 2023 AES-SOESGYPE

jueves 23 de marzo de 2023

AES informa que en el día de la fecha ha sido notificada por el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación de la homologación del Acuerdo Paritario 2023/24 celebrado con el Sindicato Soesgype, y que comprende los meses de Abril a Septiembre 2023,

Se adjunta texto de la homologación, correspondiente a la resolución  RESOL.2023-452-APN-ST#MT.

Para ver la homologación:

                                                                                                                                                                                                                           Consejo Directivo AES

Acuerdo Salarial AES-SOESGYPE 2023

martes 21 de marzo de 2023

AES reitera  a los Sres. Expendedores, que como ya informara, se acordó con el Sindicato Soesgype ante el MTEySS de la Nación,  un incremento salarial del 30 % sobre salarios vigentes , dentro del marco convencional del CCT 317/99, a regir durante los primeros seis meses del año paritario 2023/24 , el mismo es  no acumulativo y remunerativo , y se pactó de la siguiente forma:

  • Un incremento salarial no acumulativo y remunerativo del 11 % para el mes de Abril 2023.
  • Un incremento salarial no acumulativo y remunerativo del 10 % para el mes de Julio de 2023.-
  • Un incremento salarial no acumulativo y remunerativo de 9 % para el mes de Agosto de 2023.-

Destacamos asimismo que el acuerdo firmado se encuentra pendiente de homologación.-

A continuación, el acuerdo firmado en el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación.

Ante cualquier duda, puede comunicarse con nuestra entidad a través de nuestro mail: aes@aesarentina.com, o a nuestros teléfonos (011) 4957-2711 , o 4931-2765.-

                                                                                              Consejo Directivo AES

NAG 420-2023: Pedido de prórroga

miércoles 15 de marzo de 2023

Dado que muchas Estaciones de Servicio aún no han completado la cantidad de requisitos que la norma exige, hemos solicitado al Interventor del ENARGAS, Dr Osvaldo Pitrau, la extensión del plazo de entrada en vigencia de la NAG 420-2022.

A continuación, el pedido de prórroga:

Consejo Directivo AES

Homologación Acuerdo Salarial 2022 2do Tramo AES-SOESGYPE

lunes 13 de marzo de 2023

AES informa que en el día de la fecha ha sido notificada por el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación de la homologación del último tramo del Acuerdo paritario 2022, que comprende los meses de Noviembre y Diciembre 2022 y Enero, Febrero y Marzo 2023.

Se adjunta texto de la homologación, correspondiente a la resolución Resol 2023-460-APN-ST#MT.

                                                                                                                                                                                                   Consejo Directivo AES

Acuerdo Salarial AES-SOESGYPE 2022/23

viernes 17 de febrero de 2023

Importante Información sobre el acuerdo firmado entre AES y SOESGYPE, con adhesión de FOESGRA

AES comunica a los Sres. Expendedores, que el día 17/02/2023 acordó ante el Ministerio de Empleo, Trabajo y Seguridad Social de la Nación con el Sindicato SOESGyPE (al cual adhirió también FOESGRA) , la escala salarial que regirá dentro del CCT 317/99 para los meses de Noviembre 2022 a Marzo 2023 inclusive , con lo cual cierra el año paritario que se inició en Abril 2022.

De igual manera se informa que se acordó también un incremento de un 30% para la futura paritaria que regirá durante los primeros seis meses del año paritario 2023, esto es: desde abril 2023 a Septiembre 2023, con compromiso de reabrir paritaria en el mes de Septiembre de 2023. A continuación se describen los aumentos acordados. – Se aclara que los acuerdos firmados se encuentran pendientes de homologación.-

Acuerdo a regir hasta Marzo de 2022 inclusive:

  • Se otorga un incremento salarial no acumulativo y NO REMUNERATIVO del 15 % para el mes de Noviembre de 2022, que se volverá remunerativo en Febrero de 2023. (será tenido en cuenta para cálculo de adicionales y SAC)
  • Se otorga un incremento salarial no acumulativo y NO REMUNERATIVO del 15 % para el mes de Enero 2023 que se volverá remunerativo en el mes de Febrero de 2023. (será tenido en cuenta para cálculo de adicionales y SAC)
  • Se otorga un incremento salarial no acumulativo y REMUNERATIVO del 10 % para el mes de Febrero de 2023.-
  • Se otorga un incremento salarial no acumulativo y REMUNERATIVO del 10 % para el mes de Marzo de 2023.-

Acuerdo Paritario 2023/24: (Primeros seis meses a regir desde el mes de Abril 2023)

  • Se otorga un incremento salarial no acumulativo y REMUNERATIVO del 11 % para el mes de Abril 2023.
  • Se otorga un incremento salarial no acumulativo y REMUNERATIVO del 10 % para el mes de Julio de 2023.-
  • Se otorga un incremento salarial no acumulativo y REMUNERATIVO de 9 % para el mes de Agosto de 2023.-

A continuación, podrá ver el acuerdo salarial 2022 2do tramo firmado en el Ministerio de Trabajo.

Ante cualquier duda, puede comunicarse con nuestra entidad a través de nuestro mail: aes@aesarentina.com, o a nuestros teléfonos (011) 4957-2711 , o 4931-2765.-

                                                                                                      Consejo Directivo AES