Actualidad

Comunicado de Expendedores Unidos

viernes 3 de diciembre de 2021

Ante  informes que intentan deliberadamente llevar a engaño a estacioneros y trabajadores de nuestro sector, desde Expendedores Unidos ratificamos que:

El aumento “pactado” por FEC para sus asociados (CCT 488/07)

SUPERA AMPLIAMENTE LA INFLACION”

El salario básico de un playero en enero de 2020 era de $40.553, mientras que en enero de 2021 ascendió a $51.569. Según el acuerdo firmado por FEC solo para el CCT 488/07, esos valores para enero 2022 deberían quedar en $89.401, un aumento del 73% interanual y de casi 120% en dos años.

La realidad indica que, de acuerdo a los últimos datos publicados por el INDEC, la inflación interanual se encuentra en niveles del 52% y la remuneración promedio de los trabajadores presentó un aumento similar para dicho período del 52%, (entre septiembre 2020 y septiembre 2021) según el último informe oficial  RIPTE (Remuneración imponible promedio de los trabajadores estables), publicado por la Secretaria de Trabajo.

Los valores expuestos, indican que los aumentos salariales arribados por FEC, en su limitado ámbito real de incumbencia, superan en más del 20% los niveles inflacionarios y los aumentos de salarios que se han verificado en las demás actividades sectoriales.

Nos genera muchas suspicacias, que el mismo sindicato SOESGYPE, sea quien públicamente se constituya en el férreo vocero de esta “cámara empresarial”, que a todas luces carece de  representatividad genuina en nuestro sector. En ése sentido los señores Julio César Alonso y Juan Carlos Basílico, de FEC., carecen de toda legitimidad institucional.

Enfrentamos la situación más crítica de los últimos años: con una pandemia de por medio; congelamiento de nuestros ingresos; y menguados o nulos volúmenes disponibles para el expendio de combustibles, según la situación operativa de cada petrolera y/o de las estaciones blancas, que acechan cada vez más nuestra actividad en todo el país.

Hoy más del 50 por ciento de nuestras estaciones de servicio trabajan por debajo de su punto de equilibrio, directamente a pérdida.

Desde Expendedores Unidos pedimos diálogo y racionalidad a la hora de paritar los salarios de nuestra actividad. Propiciamos mantener las fuentes de empleo, y una digna retribución para nuestros trabajadores, pero ello será imposible con estaciones de servicio cuya actividad resulta por demás inviable.

Expendedores Unidos Alertan

lunes 29 de noviembre de 2021

En los últimos días se ha venido difundiendo por diversas vías, un acuerdo salarial suscripto por SOESGYPE con representantes de FEC (Federación de Entidades de Combustibles), en los que se establecen dos aumentos salariales adicionales a los ya acordados, del 8% cada uno, a ser aplicados en noviembre de 2021 y enero de 2022, sumando un incremento real, al ya paritado, del 21.4 %(ya que el 16 % referido se toma sobre la base de los sueldos conformados al mes de octubre de 2021).

Lamentamos enfáticamente la firma del referido acuerdo por parte de FEC, y en especial de sus dirigentes, señores: Julio Cesar Alonso y Juan Carlos Basílica (Presidente y Tesorero respectivamente), cuyo accionar no apuntaría, en nuestro entender, a resguardar el sano equilibrio entre empresa y el trabajo que la actividad requiere.

Ante la firma de dicho acuerdo desde EXPENDEDORES UNIDOS alertamos a todos los Estacioneros que:

  1. Dentro del ámbito de actuación de nuestras respectivas instituciones, venimos negociando arduamente, en lo pertinente con SOESGYPE y otros gremios, propuestas razonables, bregando en todo momento para que la conclusión del proceso paritario, guarde adecuada correspondencia entre los requerimientos salariales y las necesidades del sector.
  2. El acuerdo salarial en cuestión, marca para todos nosotros a todas luces un absurdo, y NO será reconocido por nuestras Cámaras, Federaciones y la Confederación que integramos en EXPENDEDORES UNIDOS, (que aglutina los intereses de más del 98% de los Estacioneros de todo el país (excluyendo aquellas bocas que son de las petroleras), lo que legitima con creces nuestra posición, como la más representativa del sector.
  3. Los aumentos salariales acordados, demuestran un supino desconocimiento de la realidad que vive el sector, con precios congelados desde el 16 de mayo de 2021 y una crisis, con drásticas caídas de ventas en el marco de la pandemia COVID  19, de la que todavía no nos hemos recuperado, resultando en dicho contexto temerario el proceder de aquella Federación.
  4. Esos incrementos implicarían en la práctica, una variación salarial del orden del 55.4 % para el período paritario, porcentaje que supera con creces la inflación proyectada para el año, y los aumentos salariales paritados para el resto de las actividades, ya sean públicas o privadas. Ese porcentaje, de ser aplicado, tornaría inviable nuestros negocios y pondría al borde del cierre a muchísimas estaciones PYMES del todo el país. Y eso no podemos permitirlo.

Reiteramos nuestra firme convicción de priorizar el diálogo para arribar con los gremios a acuerdos paritarios justos e instamos a transitar esa senda como mecanismo superador de cualquier conflicto, más ello no  implicará que dejemos de lado  nuestra defensa conjunta de los intereses del sector, adoptando toda medida a nuestro alcance, ante el peligro cierto sobre la continuidad de nuestros negocios y el mantenimiento de la fuente de trabajo, que algún acuerdo impropio pretendan ocasionarnos.

Feriados Nacionales: 20 y 22 de Noviembre de 2021

martes 16 de noviembre de 2021

Durante éste mes de Noviembre de 2021, habrá dos feriados nacionales; tengamos en cuenta entonces, ciertas consideraciones:

Los feriados nacionales cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior. Los que coincidan con los días jueves y viernes serán trasladados al día lunes siguiente, según el artículo 6 de la Ley 27.399. (Ley de Establecimiento de Feriados y Fines de Semana Largos)

Por otro lado, la Ley 27.399 también habilita al Gobierno a elegir tres fechas por año y declararlas feriados para fines turísticos. Esas jornadas deben ser destinadas a promover la actividad turística y, por ello, deberán coincidir con los días lunes o viernes. De acuerdo al Decreto 947/20 B.O. 27/11/2020, los feriados turísticos para éste año 2021 son:

24 de Mayo – 8 de Octubre – 22 de Noviembre

Dicho ésto, en noviembre del corriente año habrá dos feriados nacionales. El correspondiente al día 20 de este mes, “Día de la Soberanía Nacional” que por coincidir con un día sábado no se traslada a otro día (ver Ley 27.399, Art. 1º y 6º) y además, el correspondiente al lunes 22, “Feriado con fines turísticos”, dispuesto por el Decreto 947/20, Art. 1º.

Por tal motivo y de acuerdo al último párrafo del Art. 166 de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744), todos los trabajadores que presten servicios en esos días «cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual».

Asesoría AES

Con profundo dolor despedimos a nuestro Presidente

lunes 4 de octubre de 2021

ALBERTO HÉCTOR VÁZQUEZ    (29/06/1930 – 04/10/2021)

AES lamenta comunicar que en el día de la fecha, falleció el Presidente de nuestra entidad, Alberto Héctor Vázquez, persona insustituible en AES, cuyo recuerdo habrá de perdurar por siempre en nuestra institución .-

Pese a contar con 91 años su energía y vitalidad desmentía la edad cronológica, y eso, sumado al cariño que le profesábamos, nos llevó a confiar en que disfrutaríamos de su compañía por muchos años más. Las palabras que nos vienen a la mente para definirlo son nobleza e integridad, dos valores difíciles de encontrar en los tiempos presentes. Con él se va parte de nuestra historia.-

          Comenzó a trabajar en la actividad de estaciones de servicio con sólo 17 años, y desde entonces se preocupó siempre por la defensa de los intereses del sector expendedor. Ingresó a esta casa casi desde su fundación, y  desde entonces y hasta su muerte, desarrolló distintos cargos , hasta llegar a la Presidencia hace ya más de una década. Fue siempre una fuente de consulta sobre los variados problemas que se le presentaban a  los asociados, y un gran luchador en la defensa del convenio que nos abarca, concurriendo a las negociaciones ante el Ministerio de Trabajo de la Nación, y estando siempre atento a que los temas salariales no resultaran gravosos para el asociado, sin por ello dejar de atender a las necesidades de los trabajadores, a los que siempre consideró como parte de una familia, imprescindibles todos para el buen desarrollo de la actividad.-

            Vamos a extrañarlo muchísimo al igual que todos los que lo conocieron, recordando sin lugar a dudas, sus conocimientos y su carácter a la hora de defender lo que consideraba justo.

             Compartimos  con su familia el dolor de su ausencia  y guardaremos en la memoria y el corazón las enseñanzas que, en tantos años dedicados  a nuestra  Asociación, nos trasmitió como un legado que guardaremos  junto a su imborrable recuerdo.  

                                         Comisión Directiva A.E.S.                                                     

Feriados Nacionales: 8 y 11 de Octubre de 2021

viernes 1 de octubre de 2021

Los feriados nacionales cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior. Los que coincidan con los días jueves y viernes serán trasladados al día lunes siguiente, según el artículo 6 de la Ley 27.399.

Por otro lado, la Ley 27.399 también habilita al Gobierno a elegir tres fechas por año y declararlas feriados por fines turísticos. Esas jornadas deben ser destinadas a promover la actividad turística y, por ello, deberán coincidir con los días lunes o viernes.

Por tal motivo, para éste mes de Octubre 2021:

El viernes 08/10/21 es un feriado con fines turísticos (ver artículo 1º del Decreto 947/2020 del 26/11/20).

El lunes 11/10/21 es feriado nacional, adelantándose el Día del Respeto a la Diversidad Cultural del martes 12/10/21.

De acuerdo al artículo 1 de la Ley 27.399 se establecen como feríados con fines turísticos las siguientes fechas para el año 2021:

24 de mayo, 8 de octubre y 22 de noviembre.

Consejo Directivo AES

REPRO II: Resoluciones 266/2021 y 267/2021

miércoles 26 de mayo de 2021

A partir de la entrada en vigencia de la Resolución 266/2021, el MTEySS de la Nación actualizó y amplió el programa REPRO II, para el mes de MAYO de 2021.

Para el período del mes de MAYO 2021, se establece que:

El monto máximo del beneficio pasa de $18.000 a $22.000 por relación laboral para las empleadoras y los empleadores encuadrados en los sectores críticos y salud.
Las empresas pertenecientes a los sectores críticos particularmente afectados por la actual coyuntura cuenten con los siguientes beneficios:


Reducción del 100% de las contribuciones patronales destinadas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).


Requerimiento de información limitada a dos indicadores: facturación y liquidez corriente. Se exime de la obligación de presentar balance.
Para evaluar la variación de la facturación se compara todos los días de mayo de 2019 contra los primeros 24 días de mayo de 2021. Esto implica que el Programa asume que la empresa no tendrá facturación entre el 25 y el 31 de mayo.


Se amplía el listado de actividades consideradas “críticas”, incorporando a los siguientes sectores:

Comercio de rubros no esenciales (indumentaria, textiles, cuero, calzado, electrónica, electrodomésticos, muebles y vehículos, entre otros)

Comercio de ramas esenciales pero que en los últimos meses han estado afectados por la caída de la circulación (por ejemplo, kioscos, panaderías, heladerías y Estaciones de Servicio)

Centros de compra localizados en el AMBA.

Mediante la Resolución 267/2021 se establece que el plazo para la inscripción de los salarios devengados en MAYO 2021, será el comprendido entre el 26 de Mayo de 2021 y el 01 de Junio de 2021.

Para ver ambas resoluciones:

Fuente: MTEySS / INFOLEG

Asesoría AES

Feriados Nacionales: 24 y 25 de Mayo de 2021

viernes 21 de mayo de 2021

Finalmente el Poder Ejecutivo mantuvo lo establecido en el Decreto 947/2020, que establecía los feriados nacionales para el año 2021. En el mismo se establecía para el mes de mayo 2021 los siguientes feriados:

1 Día del Trabajador

24 Feriado con fines Turísticos.

25 Día de la Revolución de Mayo de 1810

Debido a la situación de público conocimiento y ante la llegada de un fin de semana extra largo, el gobierno había pospuesto el feriado del día 24 en principio, para más adelante (Agosto 2021). Luego ante las medidas del confinamiento por nueve días, consideró que no tenía mucho sentido postergar dicho feriado y restableció el cronograma original, redactado mediante el Decreto 947/2020, es decir dejando el día 24 de Mayo de 2021 como Feriado con Fines Turísticos (Puente).

Consejo Directivo AES

Homologación Acuerdo Salarial 2021 AES-SOESGyPE

lunes 10 de mayo de 2021

AES informa que con fecha 21 de Abril de 2021 y por resolución RESOL-2021-431-APN-ST#MT fué homologado por la Secretaría de Trabajo del Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación, el Acuerdo Salarial firmado oportunamente entre AES Y SOESGYPE (con acuerdo de FOESGRA) en el marco de CCT 317/99. Dicha resolución puede verse en archivo Adjunto.

En dicho acuerdo se contemplan nuevas escalas salariales para los meses de Abril, Julio, Agosto y Octubre de 2021.

                                                                                                                                                                        Consejo Directivo AES

Acuerdo Salarial 2021 AES-SOESGYPE

lunes 19 de abril de 2021

AES comunica a los Sres. Expendedores, que el día  09/04/2021, ratificó ante el Ministerio de Trabajo , Empleo y Seguridad  Social de la Nación, el   Acuerdo firmado  entre las entidades AES y SOESGYPE (con la adhesión de FOESGRA) , por el cual  se aprobó un incremento salarial de un 34% sobre salarios vigentes al mes de Marzo 2021,  a regir desde el mes de Abril de 2021 y hasta el mes de Marzo de 2022 inclusive (con compromiso de nueva reunión en Octubre 2021 para analizar posibles incrementos a partir de Noviembre 2021 luego de analizar  variables económicas).-

El pago acordado comprende un aumento NO ACUMULATIVO y NO REMUNERATIVO de un 8,5% para el mes de Abril 2021 (los meses de Abril y Mayo serán NO REMUNERATIVOS y se transformarán en REMUNERATIVOS en el mes de Junio 2021), luego habrá un incremento del 8,5% NO ACUMULATIVO y REMUNERATIVO  para el mes de Julio 2021, un 8,5% NO ACUMULATIVO y REMUNERATIVO  para el mes de Agosto 2021 y finalmente  un 8,5% NO ACUMULATIVO y REMUNERATIVO para el mes de Octubre de 2021. Se adjuntan al presente las planillas salariales pertinentes.-

Se acordó también que de fijar un Bono el Poder Ejecutivo, el mismo se absorberá por los aumentos que se fijen en la próxima paritaria, y de igual manera se convino en firmar conjuntamente con el Sindicato la prórroga del art. 223 bis, para los meses de Abril y Mayo de 2021, dejando aclarado que se abonará aguinaldo a todo el personal, aún el que se encontrare comprendido por la norma mencionada.-

Destacamos asimismo que los acuerdos firmados se encuentran PENDIENTES DE HOMOLOGACIÓN.-

Ante cualquier duda, puede comunicarse con nuestra entidad a través de nuestro mail: aes@aesargentina.com o a nuestros teléfonos (011) 4957-2711/2925 , o 4931-2765.-

A continuación podrá descargar ambos acuerdos:

Consejo Directivo AES